Autoconsumo ¿Subimos al tejado?

(Tiempo de lectura estimada: 4,52 minutos) Artículo disponible en audio.

Alrededor de 3.000 horas de sol al año es un potencial energético para aprovechar. La fotovoltaica es una de las bazas que tiene España para reducir su dependencia energética del exterior -alrededor de un 74% (INE, 2019)-, abandonar el uso de combustibles fósiles que debe importar y que liberan emisiones de gases de efecto invernadero causantes del cambio climático, y cuidar de su biodiversidad y calidad del aire.

Junto a las plantas en suelo, el autoconsumo “permite a cualquier persona o empresa producir y consumir su propia electricidad instalando en su hogar, local o comunidad de vecinos paneles solares fotovoltaicos u otros sistemas de generación renovable” (IDAE, 2020). Es otra de las herramientas a disposición de industrias, comercios, particulares o colectivos como comunidades de vecinos para aprovechar el gran capital solar que nos ofrece la privilegiada situación geográfica de nuestro país.

Desde que se aprobó el Real Decreto-ley 15/2018 (BOE, Octubre 2018) de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, que eliminó el denominado ‘impuesto al sol’ -peajes a la energía autoconsumida-, el gobierno, regulación tras regulación, va desbloqueando la expansión del autoconsumo, aprobado en el celebrado Real Decreto 244/2019 (BOE, Abril 2019), y eliminando las iniciales trabas administrativas que dilataban el proceso de instalación.

El citado Real Decreto-ley 15/2018 estableció distintas modalidades de autoconsumo: sin excedentes y con excedentes, que a su vez pueden acogerse a compensación o no. En las primeras solo existe un sujeto, que es el consumidor, mientras que en las segundas hay dos, consumidor y productor. Las primeras tienen sistemas antivertido que impiden que lo que se produce pero no se consume se inyecte a la red y se almacena en baterías. En las instalaciones con excedentes, es decir, en las que hay vertido de la energía generada sobrante a la red, acogidas a compensación, el valor de esa energía excedentaria se compensa en la factura al final del periodo, previo registro.

Las instalaciones de autoconsumo son individuales cuando existe un único consumidor asociado a la misma y colectivos, cuando son varios. Este fue uno de los grandes hitos de este Real Decreto, reconocer la figura del autoconsumo colectivo, que abrió paso a las instalaciones en las comunidades de propietarios o en polígonos industriales. Pueden ser instalaciones próximas que se conectan en la red interior de los consumidores o instalaciones próximas a través de red. Este último caso se refiere a la conexión a redes de baja tensión que dependen del mismo centro de transformación o a menos de 500 metros del consumidor o a redes localizadas en la misma referencia catastral que el consumidor.

En el año 2020 se han instalado en nuestro país 596 megavatios (MW) de autoconsumo fotovoltaico, lo que supone un crecimiento del 30 por ciento respecto al año 2019. En concreto, un 56% de estos 596 MW corresponde al sector industrial, un 23% al sector comercial y un 19% al doméstico (UNEF, Enero 2021).

En cuanto a su rentabilidad, la Asociación de Agencias Españolas de Gestión de la Energía ofrece en su página web una relación de casos tipo de estudio técnico-económico, ordenados por tipologías de usuarios además de una calculadora para conocer además de la potencia que se necesitaría instalar en cada caso y que superficie de tejado se necesitaría, los posibles ahorros energéticos y económicos (Eneragen). En cualquier caso, hay opciones de financiación flexibles que ofrecen las distintas compañías comercializadoras, que no tienen por qué ser las mismas que las empresas instaladoras, aunque pueden coincidir en una sola. La instaladora debe encargarse del registro y de la tramitación.

Además de las soluciones financieras que ofrecen muchas comercializadoras (por ejemplo, préstamos con paquetes de gestión de ahorro), bastantes ayuntamientos otorgan deducciones en el IBI y en otros impuestos a los que opten por instalar autoconsumo en sus hogares, a lo que se añaden las subvenciones que cada Comunidad Autónoma ha aprobado para su impulso.

En la Guía Profesional de Tramitación de Instalaciones de Autoconsumo (IDAE, 2020) se puede consultar información muy útil sobre los trámites necesarios que hay que realizar a la hora de poner en marcha una instalación tanto de cara a las Comunidades Autónomas como en lo que se refiere a las compañías distribuidoras.

El autoconsumo fotovoltaico es un gran pilar para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y cumplir con los objetivos climáticos de mantener el aumento de la temperatura media del planeta por debajo de los 1,5ºC.

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